Para aquellos que reclamásteis al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) por haber sufrido una inundación en vuestra vivienda, comunidad, local ó negocio en la DANA de 2019 en la Región de Murcia ó Alicante, os recuerdo que ocurrió hace exactamente 11 meses, por lo que queda 1 mes para cumplir el año.
¿Que quiere decir?
Que si no has quedado conforme con la propuesta de indemnización debéis realizar la reclamación al CCS lo antes posible para interrumpir la prescripción.
No somos abogados pero habitualmente debemos trabajar con ellos, por lo que si te interesa el tema de prescripción de acciones te recomendamos que leas este artículo de Editorial Jurídica Sepin.
Legalmente se puede reclamar al CCS antes desde que se cumpla un año desde vuestra última comunicación recibida de forma fehaciente.
¿Qué significa comunicación fehaciente?
Una comunicación que puedas justificar vía email, SMS, Whatsapp, carta, burofax por parte del Consorcio. Por ejemplo, el CCS envía en Enero de 2020 un email donde se realiza una propuesta de valoración, por lo que, si no quedas conforme, puedes reclamar antes de enero de 2021.
Sin embargo, nosotros aconsejamos realizar la reclamación lo antes posible para evitar que prescriban los plazos.
¿Cómo puedo realizar la reclamación al CCS?
Nosotros podemos ayudarte a realizar dicha reclamación, tal y como explicamos en nuestra anterior publicación Reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros.
Durante este año hemos gestionado varias reclamaciones que han acabado de forma amistosa sin que el Asegurado haya tenido que demandar.
Te aconsejamos que contactes con nosotros para estudiar tu caso e indicarte la viabilidad de la reclamación.